Conducir un vehículo a motor (moto, coche, camión, autobús, grúa, embarcaciones de recreo…), usar armas de fuego, poseer animales potencialmente peligrosos, realizar actividades subacuáticas, usar productos plaguicidas, etc., se consideran actividades que pueden poner en riesgo tu vida y la vida del resto de la población, por lo que es obligatorio obtener un informe psicofísico de aptitud para conseguir los permisos necesarios para realizar dichas actividades.
La
emisión de estos informes de aptitud psicofísica se hace en unos centros sanitarios
denominados Centros de Reconocimiento del Conductor (CRC) y está sujeta a la
ley de enjuiciamiento criminal. Esto es importante saberlo porque:
- Si en la emisión de dicho documento oficial por el CRC, se falta a la verdad, se considera un delito de falsedad documental.
- El Ministerio del Interior (la DGT, etc.) ha creado un protocolo de actuación en los casos en los que se detecte alguna enfermedad o defecto físico. Exigiendo que el solicitante presente un informe del especialista que lo trata donde indique que está apto para conducir.
- La persona que acude a realizarse un reconocimiento está obligada a firmar que “declara no haber desfigurado la verdad ni ocultado la existencia de enfermedad o defecto en el reconocimiento psicofísico al que se ha sometido”.
- En el caso del permiso de conducir, si antes que caduque el permiso se produce un cambio en las aptitudes psicofísicas, el conductor (su familia o las fuerzas del orden) están obligado a informar a la DGT, y a su aseguradora, de dichos cambios.
La
DGT (Dirección General de Tráfico) no envía una carta avisando de que el
permiso de conducir está próximo a caducar. Es el conductor quién está obligado
a conducir con el permiso vigente o no caducado. Por lo que se le permite
realizar la renovación o prórroga de su carnet de conducir hasta 3 meses antes
de que se caduque, sin perder días de vigencia, acudiendo al centro de
reconocimiento del conductor, con el DNI y el permiso a renovar. Allí puede
solicitar que se le realice la fotografía necesaria y que se le tramite la prórroga
vía telemática. Llevándose una autorización temporal para poder conducir
durante 3 meses, hasta que le llegue el carnet a su domicilio, por correo
postal ordinario.
Se
aconseja que si padece o ha padecido alguna enfermedad o defecto físico que
haya estado tratado por un especialista médico o psicólogo, también presente un informe de ese especialista
donde indique que está apto para conducir, para evitar que se le paralice el
trámite hasta que presente dicho informe.
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